La obligación de presentar el Formulario 29 es para los contribuyentes afectos al IVA, independiente de que sus ventas y/o servicios se encuentren gravados y/o exentos, según lo establecido en el artículo 64 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios. Dado lo anterior, se puede resumir la situación de la siguiente manera:
Las personas que no sean contribuyentes del IVA no deben llenar ninguna de las líneas comprendidas entre la N° 1 a la N° 58.
Los contribuyentes afectos al IVA deberán presentar la Declaración del Formulario 29 respectiva por el monto total de las operaciones realizadas el mes anterior, incluso aquellas exentas de este impuesto.
Las ventas exentas se deben declarar en la línea 2 del nuevo Formulario 29.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Servicios online, menú Impuestos mensuales, Declaración mensual (F29), opción Ayudas.