No deben ser incluidas las facturas emitidas y anuladas en la línea 7, código 503, del actual Formulario 29, pues en dicha línea sólo corresponde declarar las facturas emitidas y/o liquidaciones-facturas recibidas (manuales y electrónicas) por las operaciones afectas al IVA, sean éstas ventas directas o a través de terceros, mediante mandato, y que hayan sido realizadas durante el período tributario por el cual se está presentando la declaración.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Servicios online, menú Impuestos mensuales, Declaración mensual (F29), opción Ayudas.