En términos generales, las aplicaciones por Internet, relacionadas con declaraciones de impuestos no permiten declarar dos veces por Internet un formulario determinado (ya sea el Formulario 22 de Renta o el Formulario 29 de Declaración Mensual y Pago Simultáneo) relacionado con un mismo período tributario.
Independiente del medio en que se declare, si se incurre en un pago indebido, en exceso o pagado doblemente, este valor puede ser recuperado dentro del plazo de 3 años, contado desde la ocurrencia del hecho, según lo establecido en los artículos 51 ó 126 del Código Tributario.