¿El arrendatario de un local comercial puede utilizar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) recargado en la factura de arrendamiento?

ID: 001.130.2008.005
Fecha de creación: 17/11/2004
Fecha de actualización: 18/03/2025

Sí, el arrendatario de un local comercial, al ser contribuyente del IVA, podrá hacer uso del Impuesto al Valor Agregado recargado en la factura de arrendamiento en calidad de Crédito Fiscal, siempre y cuando se cumplan con los requisitos legales dispuestos en los artículos 23° al 25° de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.

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