Los siguientes: Impuestos de Primera Categoría, Impuesto Global Complementario o Impuesto Adicional, según corresponda, por formar parte de los ingresos brutos y, además, el Impuesto al Valor Agregado (IVA), si se configura en hecho gravado especial, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 8°, letra g), de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.
Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Ayuda, menú Preguntas Frecuentes, opción Impuestos Mensuales F29 - F50.