No, a partir del 1 de enero de 2023 todos los servicios prestados en Chile se encuentran gravados con IVA, a menos que sea aplicable alguna de las exenciones establecidas en los artículos 12 y 13 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios o en algún otro cuerpo legal.
Respuesta válida hasta el 31 de diciembe de 2022:
Sí, según lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, ya que es una actividad que no se clasifica en los números 3 ni 4 del artículo 20° de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Jurisprudencia y tribunales, Jurisprudencia administrativa, Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, Oficio N° 33 de 2001.