¿La pérdida en la empresa de bienes del activo realizable, adquiridos hace 1 año, cubiertos totalmente por contrato de seguro, al rebajarse del inventario, se encuentra afecta con Impuesto al Valor Agregado (IVA)?

ID: 001.130.3291.005
Fecha de creación: 29/07/2005
Fecha de actualización: 12/06/2025

No, pues no estamos frente a un hecho que corresponda a ventas o servicios, de acuerdo con las definiciones que entregan los artículos 2° y 8° de la LIVS.

Se recuerda, en todo caso, que en esa situación, para que no se configure el hecho gravado especial dispuesto en el artículo 8°, letra d), de la ley citada, deben concurrir los requisitos que expresamente señala el artículo 10° del Reglamento de la Ley Sobre Impuestos a las Ventas y Servicios.

Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación, opción Legislación tributaria y convenios internacionales, Legislación tributaria básica,  Reglamento de la Ley Sobre Impuestos a las Ventas y Servicios.

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