¿Los contratistas pueden hacer uso del crédito especial para empresas constructoras en la construcción y venta de casas con subsidio rural?

ID: 001.130.3295.008
Fecha de creación: 29/07/2005
Fecha de actualización: 19/03/2025

Sí, en la medida que celebren un contrato general de construcción de inmuebles para habitación, de conformidad con el artículo 21 del Decreto Ley 910 de 1975.

Se hace presente que el crédito especial empresas costructoras (CEEC) fue eliminado por la Ley N° 21.420, publicada en el Diario Oficial el 4 de febrero de 2022, con vigencia a partir del 1 de enero de 2025.  Por otra parte, los artículos quinto y sexto transitorios de la misma Ley, modificados por la Ley N° 21.462, publicada en el Diario Oficial de 26 de julio de 2022, contemplan un régimen de transición hasta la completa eliminación del CEEC.

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