¿Cómo tributan los criaderos de caballos finos que tienen ventas nacionales y exportaciones?

ID: 001.130.3552.008
Fecha de creación: 24/10/2005
Fecha de actualización: 12/06/2025

Es una actividad clasificada en la primera categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta, afecta con Impuestos de Primera Categoría, Global Complementario o Adicional, según corresponda, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 19°, 20°, 52°, 58° y 65° de la LIR. Además, las ventas nacionales se afectan con el Impuesto al Valor Agregado (IVA), y las exportaciones se benefician con la exención del impuesto indicado, según lo establecido en los artículos 2°, 8°, y artículo 12°, letra D), de la LIVS.

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