¿En qué momento puedo acceder a la devolución de IVA Exportadores, en el caso de exportaciones con modalidad de venta bajo condición?

ID: 001.130.5096.005
Fecha de creación: 16/03/2007
Fecha de actualización: 26/03/2025

Se debe pedir la devolución del IVA Exportadores dentro del mes siguiente de efectuado el embarque de los bienes exportados y por los cuales se está solicitando la devolución de IVA respectiva o al mes siguiente de recibida la liquidación final relacionada con la exportación.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Ayuda, menú Aprenda sobre los Impuestos, opción Contribuyentes, Actividades Sujetas a Regímenes Especiales y Franquicias, segmento Exportadores.

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