Se debe pedir la devolución del IVA Exportadores dentro del mes siguiente de efectuado el embarque de los bienes exportados y por los cuales se está solicitando la devolución de IVA respectiva o al mes siguiente de recibida la liquidación final relacionada con la exportación.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Ayuda, menú Aprenda sobre los Impuestos, opción Contribuyentes, Actividades Sujetas a Regímenes Especiales y Franquicias, segmento Exportadores.