Sí, los espectáculos de diversión se encuentran afectos a IVA, por lo que se debe ingresar una Petición administrativa de "Tasación Esporádica" a través del sitio web del SII, sección Servicios online, menú Peticiones Administrativas y otras Solicitudes, opción Peticiones administrativas y otras solicitudes, Ingresar petición administrativa y otras solicitudes; o concurrir a las oficinas del SII para los fines de la determinación y pago de impuestos.