¿La venta o arrendamiento de software está gravada con el Impuesto al Valor Agregado (IVA)?

ID: 001.130.5446.004
Fecha de creación: 26/06/2007
Fecha de actualización: 21/03/2025

Sí, las operaciones de venta y arrendamiento de software se asimilan a los contratos de licenciamiento y sublicenciamiento de programas computacionales o softwares y se encuentran gravados con IVA, según lo dispuesto en el artículo 8°, letra h), de la LIVS.

Puede obtener mayor información relativa al tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y Legislación, opción Jurisprudencia y tribunales, Jurisprudencia administrativa, Oficio N° 4.253 de 2005.

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