Para los contribuyentes que exportan bienes por vía marítima o por vía aérea, se debe indicar la fecha del documento de transporte, es decir, la fecha del Conocimiento de Embarque (BL) o la fecha de la Guía Aérea (AWB), respectivamente. Para los contribuyentes que exportan por vía terrestre, la fecha que debe informarse corresponde a la de autorización de salida del DUS o DUSSI respectivo.
Puede obtener mayor información relacionada con este tema en el sitio Web del SII, sección Servicios online, menú Impuestos mensuales, Solicitud de devoluciones, Solicitud Devolución IVA Exportador (F3600), opción Ayudas.