¿Qué contribuyentes pueden solicitar la exoneración del Impuesto al Valor Agregado (IVA)?

ID: 001.130.8785.001
Fecha de creación: 24/01/2025
Fecha de actualización: 16/06/2025

Pueden solicitar la exoneración al Impuesto al Valor Agregado (IVA) y ser liberados de las obligaciones asociadas a este impuesto, los pequeños comerciantes, artesanos y pequeños prestadores de servicios afectos al IVA, que reúnan los siguientes requisitos:

  • Pequeños artesanos, que sean personas naturales, cuyo trabajo consista únicamente en transformar materias primas obtenidas de la naturaleza, en objetos artesanales de identificación local y cultural.
  • Los objetos artesanales deben venderse al detalle, directamente al público consumidor.
  • El monto promedio de sus ventas totales mensuales no debe exceder de 5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).
  • Tener vigente el código 477396 “Venta al por menor de recuerdos, artesanías y artículos religiosos en comercios especializados”, dentro de las actividades económicas informadas en el SII.
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