PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Incentivos tributarios para apoyar la inversión y empleo | Nuevos beneficios tributarios asociados al formulario 29 | Utilización como Crédito de los Gastos de Capacitación

 Pregunta   ID:   001.048.5991.004  Fecha de Creación:   08/07/2009

¿Los aportes efectuados a los OTIC debían considerarse dentro del cálculo del crédito del artículo 11, de la Ley N° 20.351, de 2009?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   22/05/2023

Los aportes efectuados a los Organismos Técnicos Intermedios de Capacitación (OTIC), debían ser considerados para calcular el beneficio mensual contemplado por el artículo 6°, de la Ley 20.326, en el respectivo mes del aporte. Sin embargo, cuando deba calcularse el nuevo beneficio del artículo 11, de la Ley 20.351, sólo corresponderá incluir en la base de cálculo los gastos que correspondan a aportes efectivamente liquidados en ese período, puesto que sólo en ese momento es posible vincular tales gastos con los trabajadores dependientes, cuyas remuneraciones del mes no hayan excedido el límite de los $380.000 para los efectos de éste beneficio.

Ejemplo del beneficio:

Ejemplo:

Artículo 6°, Ley 20.326

Gasto de capacitación del mes

$100.000*

1% remuneraciones del mes

$200.000

Crédito Art. 6°, Ley 20.326

$100.000

Artículo 11, Ley 20.351

Gasto total en capacitación del mes

$100.000*

Gasto en capacitación de trabajadores con sueldos igual o menor a $380.000

$ 85.000

Porcentaje de gastos de capacitación de trabajadores con remuneraciones iguales o menores a $380.000 = $100.000/$85.000

85%

Cálculo Crédito:

Crédito Artículo 6°, Ley 20.326

$100.000

Porcentaje gasto de capacitación…

85%

Total crédito artículo 11, Ley 20.351

($100.000 *85%) * 2,5

Crédito Art. 11, Ley 20.351

$212.500

* Supuesto, no hay aportes, ni cursos liquidados por OTIC, dado que si existiesen los montos, serían distintos.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y Legislación, Circulares, opción Circular N° 34, de 2009 y Circular N° 54, de 2010.