PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Incentivos tributarios para apoyar la inversión y empleo | Nuevos beneficios tributarios asociados al formulario 29 | Utilización como Crédito de los Gastos de Capacitación

 Pregunta   ID:   001.048.6047.003  Fecha de Creación:   10/08/2010

¿En qué consistió el crédito del artículo 1° de la Ley N° 20.454, de 2010?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   10/04/2023

Establece un beneficio en contra de los Pagos Provisionales Mensuales (PPM), de los gastos efectuados en programas de precontratos. Para ello, se debe cumplir con los siguientes requisitos.

  • Dicho crédito no podrá exceder del 0,25% de las remuneraciones.

  • No será considerado dentro del límite del 1%, mencionado en el artículo 36 de la Ley 19.518, y en el artículo 6 de la Ley 20.326.

  • El número de eventuales trabajadores (precontratados), no podrá ser superior al 50% de los trabajadores de la empresa.

El límite del cincuenta por ciento (50%) no se aplica a las empresas, cuyos eventuales trabajadores participen en acciones de capacitación que se realicen en las Regiones del Libertador Bernardo O'Higgins, del Maule y del Biobío. Junto con lo anterior, tampoco se aplican las restricciones contenidas en el inciso sexto, del artículo 33 de la Ley N° 19.518.