PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Pagos, Multas y Condonaciones | Sobre el pago de multas

 Pregunta   ID:   001.043.4892.007  Fecha de Creación:   02/02/2007

¿Cuál es el plazo para acogerse a las condonaciones de multas por giros infraccionales y deudas por concepto de Impuesto Territorial?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   26/12/2023

Según lo instruido en la Circular N° 50 del 2016, no existe un plazo para acceder a condonaciones de multas en el pago de giros infraccionales y deudas por concepto de Impuesto Territorial, sin embargo, dependiendo de la antigüedad de la deuda, el porcentaje de condonación será menor de acuerdo al siguiente cuadro:

Tramo Antigüedad Deuda

Procedimiento de Pago Condonación Presencial

Procedimiento de Pago Condonación Internet

Mes 1 a mes 3

60%

70%

Mes 4 a Mes 12

50%

60%

Mes 13 a Mes 24

50%

55%

Mayor a 24 meses

40%

50%

El “Tramo Antigüedad Deuda”, en el caso de las deudas por impuesto territorial, se cuenta desde el mes siguiente al mes de vencimiento de la cuota, que corresponde al mes 1. Por otro lado, se debe señalar que los porcentajes de condonación que se otorguen por cada cuota de contribuciones pendiente de pago, tanto en caso de pago presencial como por Internet, implican el pago al contado de la deuda tributaria.

Finalmente es importante indicar que se perderá la condonación asignada al tramo si la deuda no es pagada al contado, dentro del plazo de vigencia de dicho tramo, caso en el cual podrá acceder al porcentaje de condonación del tramo siguiente, que es menor.