Es efectivo que a la autodenuncia por emitir facturas o boletas sin timbrar se le notifica infracción y debe pagar multa, esto debido a que de todas maneras la infracción existe y se configura. Sin perjuicio de ello, su tratamiento, desde el punto de vista de la multa, es más beneficioso en relación a la emisión sin timbre de documentos detectada por un funcionario del Servicio.