PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Impuestos Mensuales F29 - F50 | Declaración de IVA | Devolución de IVA | Devolución de crédito fiscal IVA por cambio de sujeto

 Pregunta   ID:   001.030.0435.008  Fecha de Creación:   05/09/2003

¿Cuáles son los documentos requeridos por el SII para la verificación de solicitud de devolución de Crédito Fiscal por la ventas con Cambio de Sujeto?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   08/06/2023

Los contribuyentes que soliciten devolución de IVA por efecto de los cambios de sujeto de Arroz, Berries, Chatarra, Construcción, Ganado vivo, Legumbres, Madera, Oro, Papel y Cartón, Especies Hidrobiológicas, Productos Silvestres, Trigo, Para el cumplimiento de IVA, Carnes o Harina,  deberán mantener a disposición del Servicio, para efectuar las verificaciones pertinentes, los siguientes antecedentes, los que, en caso de ser requeridos, deberán ser presentados mediante su incorporación en el expediente electrónico disponible en el sitio web de este Servicio, incorporando en este cada uno de los documentos que acompaña:

a) Libros de Compras y Ventas correspondientes a los periodos anteriores a agosto 2017. En el caso de mantener Registro de Compras y Ventas éstos deberán estar actualizados, en su propio sistema, con los documentos manuales emitidos o recibidos.

b) Formularios N° 29, sólo cuando éstos hayan sido presentados en papel y no sea posible obtenerlos de las bases de datos del Servicio. En dicho caso, se deberán presentar los correspondientes a los últimos seis meses, incluido el del período por el cual solicita devolución; o desde el período inicial de generación del remanente solicitado, cuando dicho periodo inicial sea anterior a los seis meses.

 c) En el caso de existir documentos tributarios, emitidos en papel, que respalden sus declaraciones del Formulario N° 29, éstos deberán ser incorporados a dicho expediente. Dentro de estos documentos se incluyen las facturas de proveedores, facturas de compra emitidas y recibidas, facturas emitidas, notas de créditos emitidas y recibidas, notas de débitos emitidas y recibidas, guías de despacho emitidas y comprobante del pago de IVA de las importaciones, correspondientes a los periodos indicados en la letra b).

d) Otros documentos propios del cambio de sujeto que lo ha afectado (Contratos de Confección y/o Instalación de Especialidades, Actas de Procedencia de Investigaciones, Libros de Control de Existencias de Productos, Formulario de Movimiento Animal, entre otros), correspondientes a los periodos indicados en la letra b) y de acuerdo a lo que se le requiera, específicamente, para resolver la solicitud en particular.

e) Libros de Contabilidad y/o libros auxiliares obligatorios que correspondan, con sus anotaciones al día y la documentación sustentante de respaldo de dichos registros, cuando no sea posible obtenerla de las bases de datos del propio Servicio.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación, opción Resoluciones, Resolución N° 4 de 2022.  Adicionalmene, puede consultar esta materia en la opción Circulares, Circular N° 61, de 2020,

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