PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Impuestos Mensuales F29 - F50 | Declaración de IVA | Antecedentes para confeccionar la declaración | Anticipos y retenciones por cambio de sujeto de IVA

 Pregunta   ID:   001.030.0734.005  Fecha de Creación:   07/11/2003

Al modificarse la tasa del Impuesto al Valor Agregado (IVA), ¿las tasas de retención por anticipo establecidas, tales como el 12% para las ventas de harina y del 5% para las ventas de carne y prestación de servicios de faenamiento experimentarán alguna variación?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   23/08/2023

Las tasas de retención por anticipo establecidas se mantienen en 12 % para las ventas de harina (Resolución Exenta N° 5.282, de 2000) y en 5 % para las ventas de carne y prestación de servicios de faenamiento (Resolución Exenta N° 3.722, de 2000) conforme lo señalan las mencionadas resoluciones.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Resoluciones, Resolución Exenta N° 48, de 2003.

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