Las compras de gasolina, efectuadas por una empresa,
para ser destinada a una camioneta que forma parte de su activo fijo, según lo
dispuesto en la normativa legal de Renta e Impuesto al Valor Agregado (IVA), en
la medida que constituyan un gasto necesario, podrán rebajar la renta líquida
afecta al Impuesto a la Renta y dar derecho a Crédito Fiscal, si es que la
empresa genera operaciones afectas al IVA.
Puede
obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú
Normativa y legislación, artículo 31 de la Ley
sobre Impuesto a la Renta y en el artículo 23 de la Ley
sobre Impuesto a las Ventas y Servicios.
Además en el
menú Normativa y legislación, opción
Circular N°5 de 2018 y
Circular N° 53, de 2020.
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