El Impuesto Único de Segunda Categoría, determinado y
retenido por la empresa a sus trabajadores, debe ser declarado en la línea 60,
del actual Formulario 29, según los términos establecidos en el artículo 74, N°
1, de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
Puede obtener
mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección
Servicios Online, menú
Impuestos mensuales, opción Declaración mensual (F29), especialmente
Ayudas.
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