Los contribuyentes afectos al Cambio de Sujeto en la ventas de carne, con
retención anticipada del IVA y con tasa del 5%, pueden recuperar el remanente de
débito por anticipo siguiendo el procedimiento indicado a continuación :
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Si la retención excede el impuesto que
debe ser pagado, el remanente podrá imputarse al impuesto recién
mencionado de los períodos siguientes. La imputación de parte o
de la totalidad del IVA retenido por el anticipo, deberá ser
incluido en el Formulario 29 de Declaración Mensual y Pago
Simultáneo, haciendo uso, para ello, de las líneas 112 a 116,
específicamente en el código 598.
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Si luego de efectuadas las imputaciones
contempladas en el párrafo anterior por dos meses consecutivos
persiste el remanente del monto retenido, correspondiente al 5%
de anticipo del IVA indicado, el adquirente de carne o
beneficiario del servicio de faenamiento podrá pedir su
devolución dentro del segundo mes en que subsista el remanente,
una vez presentada la declaración mensual, a través de una
solicitud ante el SII.
La solicitud de devolución se efectúa a través de la presentación de la
Declaración Jurada, Formulario 3560 (F3560), denominado “Solicitud de Devolución
de IVA, por Cambio de Sujeto”, el cual se encuentra en la aplicación que el
Servicio de Impuestos Internos (en adelante Servicio o SII) ha dispuesto en su
sitio web de Internet www.sii.cl.
Para solicitar las devoluciones a través de la aplicación dispuesta en el sitio
Web del Servicio, los contribuyentes, deberán cumplir los siguientes requisitos:
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Haber declarado y pagado previamente, los
impuestos correspondientes al período tributario por el que se
solicita la devolución a través del Formulario 29 “Declaración y
Pago Simultáneo Mensual”.
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Presentar las declaraciones juradas F3561 y
F3563.
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Presentar la solicitud, Formulario 3560, a
partir del mes siguiente al de acumulación mínima de remanentes
de anticipo, 2 meses para el caso de la carne.
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Mantener a disposición del Servicio de
Impuestos Internos, para efectuar las verificaciones
pertinentes, los antecedentes indicados en las resoluciones de
cambio de sujeto que lo ha afectado y los indicados en Resolución
N° 4, de 2022.
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Cumplir con todos los requisitos para
tener derecho a la devolución del monto retenido o su remanente,
indicados en las resoluciones que dispone la retención del
anticipo del IVA, que los ha afectado.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII,
Servicios online, menú
Impuestos mensuales, opción
Solicitud de devoluciones, Solicitud Devolución Cambio de Sujeto (F3560),
Ayudas, Más información.
Adicionalmente puede consultar
esta materia en el menú Normativa y legislación, opción Circulares,
Circular N° 61, de 2020,
y opción Resoluciones,
Resolución N° 4, de 2022.
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