Sí, a partir del 1° de enero de 2023, los servicios agrícolas prestados entre agrícultores se encuentran afectos a IVA, a menos que sea aplicable alguna de las exenciones establecidas en los artículos 12 y 13 de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios o en algún otro cuerpo legal.
Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio web del SII, Normativa y legislación, opción Circulares,
Circular N° 50, de 2022.
|