PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Impuestos Mensuales F29 - F50 | Regimenes especiales del IVA | Cambios de sujeto del IVA | Quiénes deben efectuar las retenciones

 Pregunta   ID:   001.030.5839.003  Fecha de Creación:   13/06/2008

¿A los emisores electrónicos que se les aplica la excepción del Cambio de Sujeto de IVA, que dispone la Resolución N° 39, de 2008, adquieren automáticamente la calidad de agentes retenedores?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   09/12/2022

Le recordamos que la Resolución N° 2, de 2018, derogó la Resolución exenta N° 39, de 2008, y sus modificaciones posteriores, en consecuencia, los agentes retenedores que adquieran bienes o contraten servicios afectos al cambio de sujeto del Impuesto al Valor Agregado deberán emitir las facturas de compra respectivas y, además, retener, declarar y enterar en arcas fiscales el porcentaje de Impuesto al Valor Agregado establecido en las respectivas Resoluciones, independiente de la condición de emisor electrónico que pueda tener el vendedor de estos productos.

Respuesta anterior:

No, a los contribuyentes que sean emisores de DTE, y cuyas operaciones hayan sido excluidas del régimen de Cambio de Sujeto del IVA, no se les conferirá la calidad de agente retenedor del tributo sólo por este hecho. Sin embargo, el Director Regional del SII respectivo podrá otorgarle la calidad de agente retenedor, siempre y cuando cumpla previamente las formalidades establecidas en la resolución correspondiente.

Se hace presente que los contribuyentes excepcionados y que en razón de ello adquirieron la calidad de agentes retenedores, de acuerdo a lo establecido en las resoluciones que regulan cada uno de los respectivos cambios de sujeto instaurados por el Servicio, mantendrán la calidad de retenedores otorgada en dichas instrucciones, por lo cual no tienen que renovar la autorización con que cuentan, salvo que dicha excepción les sea revocada por resolución del Director Regional competente.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII,sección Normativa y legislación, opción Resoluciones, Resolución Exenta N° 2, de 2018.