Cuando la venta realizada cumpla con los siguientes requisitos:
• Haber sido realizada en la Zona Franca de Extensión de la Región de Arica y Parinacota
• Que el turista sea una persona natural, mayor de edad, sin domicilio ni residencia en el país
• Que el comprador presente sus papeles de ingreso al país para poder llenar los datos solicitados en la Factura Turista.
Los productos que se consuman dentro del país no dan derecho a la devolución del impuesto, por lo que NO deben ser incluidos en la Factura Turista. Para tales efectos, el turista deberá solicitar una boleta aparte.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, opción Resoluciones,
Resolución Exenta N° 46, de 2013,
Resolución Exenta N° 12, de 2016,
Resolución Exenta N° 12, de 2017 y
Resolución Exenta N° 15, de 2018 y en la opción Circulares,
Circular N° 33, de 2009.
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