A
continuación de enumeran los distintos cambios que entran en vigencia a partir
de Enero de 2013:
1. Se inhabilitan para la declaración las actuales líneas 5: “Art. 61 Retiros o
remesas al exterior con cargo al FUT” y línea 38: “Art. 61 Renta fuente nacional
chilenos residentes en el extranjero, sin cargo al FUT”. En la aplicación de
internet una validación indicará al contribuyente que los códigos
(61-138-107-62-86 y 87) ya no pueden declararse. En el formato de formulario en
papel se presentarán ambas líneas con un achurado.
2. Se modifica el etiquetado (título) de la sección de las líneas 1 a 5, quedando
el texto siguiente: “Líneas 1 a 4: Dividendos, retiros de utilidades y otros
beneficios”.
3. Se
modifican las glosas de las siguientes líneas:
Línea 23:
“Art. 59 inciso 4° N° 1 g) Intereses letras a), d) y e) del N°1 artículo 59
instrumentos en moneda nacional”.
Línea 34:
“Art. 60 inciso 1° Otras rentas fuente chilena obtenidas por personas sin
domicilio ni residencia en Chile”.
Línea 40: “Art. 74 N°4 Inc. 11°
Retenciones sobre rentas acogidas a convenio para evitar la doble tributación
internacional y sobre regalías y asesorías improductivas o prescindibles, según
inciso 1° Art. 59 LIR”.
Línea 41:
“Art. 74 N°4 incisos 6°, 7°, 8° y 9°: Retenciones sobre operaciones de
enajenación señaladas en las letras a), c), e), h) y j) del N°8 del Art. 17 LIR
y otras afectas al régimen general”.
4. Se
modifican las siguientes tasas:
Línea 34:
Tasa pasa de 20% a 35%.
Línea 39:
Tasa pasa de 20% a 35%.
5. Se
modifican las instrucciones de llenado de la siguiente forma:
En las
líneas 1 a 4, 6 a 9, 10, 13, 16, 17 a 23, 25, 26, 28, 29 a 33 y 35 a 37 se ha agregado la tasa que corresponde aplicar en forma explícita.
En las
líneas 5, 12, 34, 38, 39, 40, 41 y 42 se especifican nuevas instrucciones de
llenado conforme a las modificaciones practicadas.
A contar del 01 de Febrero del 2014,de acuerdo con la
Resolución N° 09 del 2014,
se sustituye la estructura y contenido del Formulario N°50 sobre declaración y
pago simultáneo mensual de impuesto, debiendo declararse con el nuevo formato de
formulario 50 disponible en el menú
Impuestos Mensuales, Declaración mensual (F50), opción
Ayudas.
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