¿Los agentes retenedores de cambio de sujeto de berries, productos silvestres o chatarra, por las compras que realicen, a quién deberán retener el IVA según el nuevo cambio de sujeto para el cumplimiento del IVA?
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Estos agentes retenedores deberán seguir reteniendo, en las operaciones de
compra del producto para el cual tienen la calidad de retenedor, de acuerdo al
porcentaje de IVA indicado en cada resolución de cambio de sujeto, e
independiente de la condición de facturador electrónico del vendedor.
Adicionalmente, deberán retener el total del IVA en las compras de cualquier
producto o servicio que efectúen vendedores o prestadores de servicios que estén
incorporados en la Nómina de Contribuyentes Sujetos a Retención para el
Cumplimiento del IVA, también, independientemente de la calidad de facturador
electrónico del vendedor o prestador del servicio.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el
sitio web del SII,sección Servicios online,
Impuestos mensuales,
opción Otras aplicaciones y nóminas.
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