Los contribuyentes facturadores electrónicos del Sistema de
Facturación Gratuito del SII (Ex Mipyme) o del Sistema de Facturación Propio o de Mercado (Ex Facturador electrónico
tradicional DTE), que ingresaron al sistema durante el segundo semestre de 2011
o
posterior a esta fecha, no podrán
enviar los libros de los períodos faltantes por las opciones ''Importador'' o ''Upload
XML'', opciones disponibles para los facturadores No Electrónicos, por lo tanto,
deberán utilizar los medios disponibles según su condición.
Los
facturadores electrónicos
del Sistema de Facturación Gratuito del SII (Ex
Mipyme) deben enviar los libros por ese
Sistema (Ex Portal), los facturadores electrónicos del Sistema de Facturación Propio o de
Mercado (Ex
Facturadores Electrónicos DTE) deben enviar los libros a través de su software.
Si ya se encuentran
enviados los 6 libros de compra y 6 libros de venta correspondientes al periodo
de las declaraciones, se da por cumplida la obligación de presentar las
declaraciones juradas N° 3327 y N° 3328, para lo cual pueden
Consultar
certificado solemne
(disponible en el menú de declaraciones juradas).
|