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Los contribuyentes facturadores electrónicos del Sistema de 
Facturación Gratuito del SII (Ex Mipyme) o del Sistema de Facturación Propio o de Mercado (Ex Facturador electrónico 
tradicional DTE), que ingresaron al sistema durante el segundo semestre de 2011 
o  
posterior a esta fecha, no podrán 
enviar los libros de los períodos faltantes por las opciones ''Importador'' o ''Upload 
XML'', opciones disponibles para los facturadores No Electrónicos, por lo tanto, 
deberán utilizar los medios disponibles según su condición.  
 Los 
facturadores electrónicos 
del Sistema de Facturación Gratuito del SII (Ex 
Mipyme) deben enviar los libros por ese 
Sistema (Ex Portal), los facturadores electrónicos del Sistema de Facturación Propio o de 
Mercado (Ex
Facturadores Electrónicos DTE) deben enviar los libros a través de su software. 
 
Si ya se encuentran 
enviados los 6 libros de compra y 6 libros de venta correspondientes al periodo 
de las declaraciones, se da por cumplida la obligación de presentar las 
declaraciones juradas N° 3327 y N° 3328, para lo cual pueden 
Consultar 
certificado solemne 
(disponible en el menú de declaraciones juradas). |