Se debe efectuar el cálculo del
Monto del Impuesto Específico con derecho a crédito, para ello se debe utilizar
la tasa vigente a la fecha de la operación. Las tasas son publicadas
semanalmente en
https://www.sii.cl/pagina/valores/impto_valores_petro/impuesto_febrero2015.htm.
El Impuesto
Específico con derecho a crédito debe ser registrado en el “Campo N° 17, Monto
Otro Impuesto o Retención (Con Crédito)”. Adicionalmente se debe completar el
“Campo N° 15, Código Otro Impuesto o Retención” y el “Campo N° 16, Tasa Otro
Impuesto o Retención”.
El
Impuesto Específico sin derecho a crédito debe ser registrado en el “Campo N°
18, Monto Otro Impuesto (Sin Crédito)”.
Para mayor información existen ejemplos para el
registro del Impuesto Específico al Petróleo Diesel en
https://www.sii.cl/declaraciones_juradas/ddjj_3327_3328/inf_ayuda.html
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