PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
IVA a los Servicios Digitales | Soy contribuyente de IVA o Agente Retenedor de Impuesto Adicional y soy beneficiario de servicios prestados desde el extranjero

 Pregunta   ID:   001.200.7771.004  Fecha de Creación:   02/11/2020

¿Qué pasa si no informo mi calidad de contribuyente de IVA o de agente retenedor de IA?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   03/05/2023

Conforme a lo indicado en la Circular N° 42 de 2020 y en la Resolución Ex. SII N° 67 del mismo año, es de responsabilidad exclusiva del contribuyente de Impuesto al Valor Agregado y beneficiario del servicio, informar su calidad de tal al prestador sin domicilio ni residencia en Chile, indicando su número de Rol Único Tributario. Asimismo, si el servicio está gravado en el artículo 59 de la Ley sobre Impuesto a la Renta con IA, es de responsabilidad exclusiva del agente retenedor del IA comunicar dicha calidad al prestador sin domicilio ni residencia en Chile, indicando su número de Rol Único Tributario.

En ausencia de dicha información, el prestador de servicios sin domicilio ni residencia en Chile siempre deberá recargar el IVA.

Mayor información puede ser consultada en el sitio web del SII, sección VAT Portal Digital Services.  Además, en la sección Normativa y Legislación, menú Circulares, opción Circular N° 42 del 2020, y menú Resoluciones, opciones Resolución N° 55 y N° 67, ambas del 2020.