La referida sociedad de profesionales podrá ejercer la opción dentro de los tres primeros meses del año comercial en que pretenden comenzar a declarar sus rentas de acuerdo con las normas de primera categoría, esto es, entre el 1° de enero y el 31 de marzo del año, presentando a través del sitio web del Servicio una petición administrativa clasificada como “Registro de Sociedad de Profesionales”.