Si una sociedad de profesionales ya inició actividades, ¿Cuándo deberá ejercer a la opción de tributar de acuerdo a las normas de la primera categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta?

ID: 001.400.8314.002
Fecha de creación: 13/12/2022
Fecha de actualización: 03/06/2025

La referida sociedad de profesionales podrá ejercer la opción dentro de los tres primeros meses del año comercial en que pretenden comenzar a declarar sus rentas de acuerdo con las normas de primera categoría, esto es, entre el 1° de enero y el 31 de marzo del año, presentando a través del sitio web del Servicio una petición administrativa clasificada como “Registro de Sociedad de Profesionales”.

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