Sí, los servicios o asesorías prestados por un empresario individual o por una
empresa individual de responsabilidad limitada (EIRL), se encontrarán gravados
con IVA, a partir del 1 de enero de 2023, a menos que sea aplicable alguna de
las exenciones establecidas en los artículos 12 y 13 de la Ley sobre Impuesto a
las Ventas y Servicios o en algún otro cuerpo legal.
Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio web del SII, Normativa
y legislación, opción Circulares,
Circular N° 50, de 2022.
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