PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
IVA a los Servicios Profesionales y Culturales | IVA a los Servicios Culturales

 Pregunta   ID:   001.320.8497.001  Fecha de Creación:   20/02/2024

¿Puede una Asociación Cultural desarrollar actividades de Primera o Segunda categoría?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   21/02/2024

Por regla general, las asociaciones culturales deben desarrollar actividades asociadas a la segunda categoría donde prime el trabajo personal -físico y/o intelectual por parte de sus socios personas naturales.

No obstante, conforme a la Ley solo para el caso de las corporaciones, fundaciones, organizaciones comunitarias sobre juntas de vecino, asociaciones y participación ciudadana en la gestión pública, asociaciones gremiales, y asociaciones de funcionarios de la administración del Estado, todos ellos sí pueden desarrollar actividades tanto de Primera como de la Segunda categoría.

Fuente Normativa: Ley N° 21.622; Resolución Ex. SII N°06 de 2024; Oficio Ordinario N°143, 2024.