No. La ley establece que en caso que al trabajador independiente se le otorgue
el Bono, éste será en reemplazo del subsidio contemplado en el artículo 8 de la
Ley N° 21.242, por lo que no se aplicará el descuento que entrega ese subsidio
de la suma a reintegrar. Lo anterior sólo aplica para aquellos trabajadores que
cumplan con los requisitos para acceder al mencionado subsidio, es decir para
los trabajadores independientes cuyas rentas obtenidas durante todo el año 2020,
divididas por 12, resulten en una cantidad igual o menor a $500.000.
Puede obtener mayor información consultado en nuestro sitio web sii.cl, sección
Destacados Beneficios Clase Media.
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