Si cumple con los requisitos para solicitarlo sí puede. En todo caso se debe
tener presente que, de acuerdo a lo indicado en el artículo 4 de la Ley N°
21.252 que crea el Bono, cuando un beneficiario o causante del Ingreso Familiar
de Emergencia solicite el Bono, el monto total del Ingreso Familiar de
Emergencia que le corresponda recibir a su hogar, considerando tanto lo que ya
recibió como lo que recibirá hasta el 31 de agosto de 2020, se considerará como
parte del monto del Bono para efectos de su cálculo, por lo que se descontará el
referido monto total del Ingreso Familiar de Emergencia. Lo anterior no regirá
para los hogares que pertenezcan al 80 por ciento más vulnerable de la población
nacional, y que estén integrados por una o más personas que sean beneficiarios
de una pensión básica solidaria de invalidez.
Puede obtener mayor información consultado en nuestro sitio web sii.cl, sección
Destacados Beneficios Clase Media.
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