PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Medidas tributarias de apoyo a Personas y Pymes | Medidas tributarias de apoyo a Pymes 2021 | Disminución transitoria tasa de interés penal

 Pregunta   ID:   001.180.8021.001  Fecha de Creación:   01/07/2021

¿Cuáles son las nuevas medidas tributarias para apoyar a las micro, pequeñas y medianas empresas, por la crisis generada por la pandemia?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   02/06/2023

Se establecieron 4 medidas de apoyo:

a) La disminución transitoria a cero de la tasa de interés penal para Pymes establecida en el inciso tercero del artículo 53 del Código Tributario, en el caso de mora en el pago de cualquier clase de impuestos y contribuciones, respecto de los giros que se efectúen entre el 01 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2021. Para acceder a este beneficio las empresas deben cumplir con los requisitos para acogerse al Régimen Pro Pyme que contempla la letra D) del artículo 14 de Ley sobre Impuesto a la Renta

b) La devolución de remanente acumulado de crédito fiscal del Impuesto al Valor Agregado a Pymes y que lleven el Registro de Compras y Ventas, cuando dicho remanente se haya declarado en los meses de julio, agosto y septiembre de 2021, correspondiente a los períodos tributarios de junio, julio y agosto de 2021, hasta un monto equivalente a la cantidad del remanente determinado de acuerdo a las normas de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios. Para acceder a esta devolución las empresas deben cumplir con todos los requisitos señalados en la Ley. Para acceder a este beneficio las empresas deben cumplir con los requisitos para acogerse al Régimen Pro Pyme que contempla la letra D) del artículo 14 de Ley sobre Impuesto a la Renta

c) La extensión de vigencia de Patentes Municipales provisorias, vencidas durante la vigencia del Decreto N° 4, de 2020, del Ministerio de Salud, que decreta alerta sanitaria, y sus prórrogas. Estas patentes se mantendrán vigentes hasta el plazo de un año contado desde el día siguiente al término de la alerta sanitaria establecida por el señalado Decreto N° 4.

d) Flexibilidad Convenios de Pago. Desde el 17 de junio y hasta el 31 de diciembre de 2021, excepcionalmente la Tesorería General de la República otorgará facilidades de hasta cuatro años, para el pago en cuotas periódicas de los impuestos adeudados. Además, a la fecha de la suscripción del convenio, la Tesorería condonará la totalidad de los intereses y sanciones por la mora en el pago de los impuestos respectivos, que se encuentren vencidos al 30 de junio de 2021. Estos convenios no generarán intereses y multas mientras el convenio de pago se encuentre al día.