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Novedades Declaraciones Juradas de Renta AT 2024 | Novedades Declaraciones Juradas de Renta AT 2024

 Pregunta   ID:   001.350.8449.001  Fecha de Creación:   04/12/2023

¿Qué modificaciones presentan las Declaraciones Juradas (DJ) N°s 1828, 1832 y 1945 a contar del año tributario (AT) 2024, como consecuencia de la creación de la nueva DJ N°1956?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   04/12/2023

Las modificaciones que presentan las DJ N°s 1828, 1832 y 1945 a contar del año tributario 2024, producto de la creación de la DJ N° 1956, son las siguientes:

DJ 1828:

  • Se eliminan en los obligados a declarar “Los beneficiarios establecidos en el N°1 del artículo 1° del artículo 8° de la Ley 18.985” correspondientes a las Donaciones con Fines Culturales y que a contar del año tributario 2024 se deben informar en la nueva DJ 1956

DJ 1832:

  • Se incorpora la instrucción: “NO se deben informar en esta declaración jurada las donaciones del Título VIII bis de la D.L. 3.063 del 1979, sobre Rentas Municipales, incorporado por la Ley N°21.440. Dicha información será proporcionada por la Secretaría Técnica (Ministerio de Hacienda)”.

DJ 1945:

  • Se incorporan como obligados a declarar “Las entidades señaladas en la letra C) del Artículo 46 A, contenido en el Título VIII Bis del D.L. N° 3063 de 1979, incorporado por la Ley N° 21.440 de 2022, deberán identificar todos los ingresos en dinero o en especies que hayan percibido del exterior, y que en el respectivo año calendario excedan la cantidad equivalente en pesos chilenos de diez mil dólares de los Estados Unidos de América.

  • Se agregan en la Sección B de esta DJ en “Datos de los Informados”, cinco nuevas columnas (C27, C28, C29, C30 y C31), para el registro detallado de los ingresos, desembolsos y otros antecedentes de las Organizaciones sin Fines de Lucro (OSFL).

  • Se agregan en la columna C7(Tipo de ingreso o Egresos en la Sección B de la DJ 1945 los siguientes códigos:

-Código 109: Ingresos de cualquier tipo amparados en las donaciones recibidas conforme al título VIII bis del DL 3.063 de 1979.

-Código 110: Ingresos en especie, bienes importados conforme al título VIII bis del DL 3.063 de 1979.

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