Están obligados a presentar la DJ N°1957, los Bancos e Instituciones
Financieras, que otorguen créditos con garantía hipotecaria a personas
naturales con residencia o domicilio en Chile, destinados a adquirir una
vivienda nueva con destino habitacional que se acoja al beneficio tributario
establecido en el artículo único de la Ley N° 21.631.
El crédito informado en esta DJ, es compatible con el beneficio tributario
establecido en el artículo 55 bis de la Ley de la Renta.
Más
información puede ser consultada en el sitio web sii.cl, sección Normativa y
Legislación, menú Resoluciones, opción Resolución
N° 135 de 2023
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