¿Cuándo se reajusta el Impuesto de Timbres y Estampillas?

ID: 001.390.0352.009
Fecha de creación: 04/09/2003
Fecha de actualización: 24/01/2025

El Impuesto de Timbres y Estampillas podrá reajustarse, semestralmente, por medio de un Decreto Supremo hasta en un 100% de la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor (IPC) en los períodos comprendidos entre el 1 de noviembre y el 30 de abril del año siguiente, y entre el 1 de mayo y el 31 de octubre del mismo año, con vigencia desde el 1 de julio y desde el 1 de enero del año que corresponda, respectivamente.

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