¿Qué formularios se utilizan para declarar el Impuesto de Timbres y Estampillas y dónde se retira?

ID: 001.390.0359.012
Fecha de creación: 04/09/2003
Fecha de actualización: 24/01/2025

Los impuestos establecidos en el Decreto Ley Nº 3475 de 1980, sobre Impuesto de Timbres y Estampillas, deberán ser declarados y pagados por medio de los formularios electrónicos Nos 24 "Declaración y pago de impuestos de Timbres y Estampillas". y 24.1 Declarar el Impuesto de Timbres y Estampillas en los contratos de mutuo de dinero, disponibles en el sitio web del Servicio, de acuerdo con el formato establecido en los anexos Nos 1 y 2 de la Resolución Exenta 128 de 2022.

Para acceder a los referidos formularios, los contribuyentes deberán ingresar al sitio web del Servicio, en Servicios Online, menú Impuestos Mensuales, seleccionar Impuesto de timbres y estampillas (F24 y F24.1), opción Declarar F24 o Declarar F24.1, autenticarse con su clave tributaria para efectuar la declaración y pago del Impuesto de Timbres y Estampillas a través de los medios electrónicos de pago habilitados al efecto.

No obstante lo anterior; el Servicio en forma excepcional amplió el plazo hasta el 29.02.2024 para utilizar los Formularios Nos 24 y 24.1 en soporte papel.

Los formularios en versión papel, se encuentran en formato PDF disponible en la sección Impuestos mensuales, opción Impuesto de Timbres y Estampillas (F24 y F24.1), Ayudas, Mas Información, opción Descargar F24 o Descargar F24.1

Sin embargo, a contar del 01.03.2024, los mencionados formularios deberán presentarse únicamente a través de internet, en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos,

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