Para las actividades de la Segunda Categoría de la Ley sobre Impuesto a la
Renta, la emisión de las Boletas de Honorarios se debe realizar desde el sitio
Web del SII, sección Servicios online, Boletas de hnorarios electrónicas, Emisor
de boleta de honorarios, opción
Emitir boleta de honorarios electrónica.
Para el timbraje de las restantes actividades económicas y sus documentos tributarios
el timbraje también se debe realizar por internet, ingresando al sitio web del SII
(Facturas electrónicas, Guías de despacho electrónica, etc), o bien segun los
documentos de que se trate (Libros contables, pagarés, etc.), presentar el
Formulario 3230
de Timbraje,
llenado con los datos personales y documentos tributarios que se desea timbrar en la
oficina del SII
correspondiente a su domicilio comercial.
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