PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Peticiones Administrativas y otras Solicitudes | Timbraje de documentos | Características del timbraje

 Pregunta   ID:   001.112.0152.008  Fecha de Creación:   01/09/2003

¿Qué documentos tributarios deben ser timbrados?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   09/06/2023

Los documentos tributarios que deben ser timbrados, entre otros, son Facturas, Boletas de Ventas y Servicios, Boletas de Honorarios, Guías de Despacho, Facturas de Compra, Notas de Débito, Notas de Crédito, Pagarés y Libros de Contabilidad. Salvo estos dos últimos documentos (Pagarés y Libros de contabilidad), todos los demás documentos señalados deben emitirse en formato electrónico. Respecto de las Boletas de Honorarios Electrónicas, éstas tambien debes ser emitidas por el contribuyente directamente desde el sitio Web del SII, sección Servicios online, Boletas de honorarios electrónicas, Emisor de boleta de honorarios, opción Emitir boleta de honorarios electrónica.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y legislación, Circulares, opción Circulares, específicamente la N° 19, de 1995.

 Preguntas Relacionadas
  • ¿Qué documentos tributarios serán obligatorios en formato electrónico?