Se debe tener presente que, en la actualidad, la mayoría
de los documentos tributarios deben ser emitidos en formato electrónico, salvo
las excepciones que contempla la ley.
Respueta anterior:
Si se requiere timbrar documentos
tributarios, tales como boletas, facturas, guías de despacho, etc. y se ha extraviado
el formulario de timbraje, es necesario acudir a la
oficina
de timbraje del SII, con los antecedentes habituales para realizar este trámite.
El único antecedente extra que deberá adjuntarse será el último talonario
del documento tributario autorizado, ya que allí quedó registrado el último
timbraje realizado.
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