Los requisitos y antecedentes que deben considerarse al solicitar anulaciones administrativas de giros y otros documentos, son los que se indican a continuación:
Estar en presencia de un vicio o error manifiesto en que se haya incurrido en giros de impuestos u otros documentos, siempre que se encuentren impagos. Deberá entenderse por vicio o error manifiesto, aquél que aparezcan en forma clara y patente y que diga relación con situaciones de hecho, tales como: errores de identificación del contribuyente, de referencia a disposiciones legales y tributarias, de copia o de cálculo, o bien duplicidad de giros u otros documentos.
Para solicitar la anulación administrativa de giros y otros documentos, deberá solicitar la aprobación o resolución al Director Regional del SII respectivo, presentando el Formulario 2117 de Solicitudes.