PREGUNTAS FRECUENTES

 Tema
Peticiones Administrativas y otras Solicitudes | Peticiones Administrativas | ¿Cuáles son los tipos de solicitudes que se pueden hacer? | Exenciones de IVA

 Pregunta   ID:   001.112.1493.009  Fecha de Creación:   15/06/2004

¿Qué requisitos y antecedentes deben ser considerados al solicitar exención del pago de Impuesto al Valor Agregado (IVA) por espectáculos y reuniones pagadas?


 Respuesta  Fecha de Actualización:   07/08/2023

Los requisitos y antecedentes que deben considerarse al solicitar exención del pago de IVA por espectáculos y reuniones pagadas son los que se indican a continuación:

  • Los interesados que realicen espectáculos y reuniones pagadas, y que estén contemplados en las letras c) y d), del N° 1, letra E, artículo 12, D.L. N° 825, de 1974, deberán acreditar que se   trata de alguna de las instituciones favorecidas con esta franquicia. Si procede, no podrá exceder del límite de espectáculos o reuniones de beneficio por institución en cada año calendario, o bien de la duración de la temporada en su caso, de acuerdo con lo previsto en la disposición legal respectiva. Para tal trámite, deberá solicitar la aprobación o resolución del Director Regional del SII respectivo, a través de internet de ser admisible o en la unidad que corresponda a su domicilio con  la presentación del Formulario 2117 de Solicitudes.

  • Para solicitar esta exención, deberá adjuntarse, si es procedente, los antecedentes que acrediten dicha situación.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, sección Normativa y legislación,  menú Resoluciones, específicamente en  Resolución Exenta N° 2301, de 1986. Además en Circulares, en la  Circular N° 50, de 1986, que detallan los requisitos, antecedentes y obligaciones asociadas a este tipo de solicitud.

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