¿Qué requisitos y antecedentes deben considerarse al solicitar tributación simplificada de IVA?

ID: 001.112.1494.012
Fecha de creación: 15/06/2004
Fecha de actualización: 24/02/2025

Los requisitos y antecedentes que deben considerarse al solicitar tributación simplificada de IVA son los que se indican a continuación:

  • Los pequeños comerciantes, artesanos y pequeños prestadores de servicios afectos al IVA, que vendan o presten servicios al público consumidor y cuyo monto promedio de ventas o servicios mensuales totales, excluido el IVA, correspondiente al período de 12 meses inmediatamente anterior al mes en que presenten la solicitud, no haya excedido de 20 Unidades Tributarias Mensuales (UTM).

  • Los contribuyentes con actividades de escasa significación económica o que por cualquier causa no puedan determinar, fehacientemente, el monto de sus operaciones, podrán, a juicio exclusivo del Director Regional del SII respectivo, presentar su Declaración Jurada de inmediato, sin cumplir con el requisito de completar los doce meses que señala el punto anterior. En este caso, el SII tasará el monto de la venta promedio mensual por el período respectivo, con el fin de asignarles la cuota fija mensual correspondiente a su débito. Para tal efecto, deberá solicitar dicha aprobación o resolución al Director Regional del SII, presentando para ello el Formulario N° 2117.

  • No podrán acogerse a este régimen los contribuyentes que sean personas jurídicas, ni los que se encuentren afectos a los impuestos especiales establecidos en el Título III del Decreto Ley N° 825, así como también no podrán hacerlo aquellos que no cumplan los requisitos señalados.

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