Sí, ya que los contribuyentes pueden solicitar la restitución de sumas pagadas
indebidamente o en exceso a título de impuestos, reajustes, intereses y multas,
según lo dispone el Artículo 126 del Código Tributario, sin distinguir si se
trata de chilenos o extranjeros.
Cabe mencionar que la Tesorería General de la República es el organismo
encargado de emitir los cheques de devolución y que ese organismo cuenta con
normas establecidas para el envío y depósitos de cheques por lo que este punto
debe ser consultado directamente en dicho organismo.
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