Las personas naturales incluyendo aquellas que se encuentran organizadas como
empresas individuales, que cumplan los siguientes requisitos:
·
El Ingreso Promedio
Mensual de 2019 debe ser superior a $298.833, sin tope máximo.
·
Disminución de al menos
un 10%, en el resultado de la variación entre su ingreso Promedio del Segundo
Semestre de 2020 e igual periodo de 2019
·
No deben tener a la
fecha de la publicación de la Ley montos pendientes de restituir por haber
obtenido en forma indebidamente el Aporte Fiscal 2020
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