Los
requisitos que debe cumplir un profesional independiente para que pueda utilizar
los gastos efectivos provenientes de su actividad, son los siguientes:
·
Llevar un libro
de entradas y gastos, para registrar los ingresos efectivos y los gastos
efectivos.
·
El libro de
entradas y gastos debe estar debidamente timbrado.
·
Los gastos deben
estar acreditados con los correspondientes documentos.
Los gastos
necesarios para producir su renta profesional de Segunda Categoría están
normados en el Artículo 31 de la Ley de la Renta, cuando corresponda aplicarlos
a dichas actividades.
Puede
obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú
Normativa y legislación, opción Ley
sobre Impuesto a la Renta, y en la Circular
N° 21, de 1991 |